Determinación y pago del salario digno 2021
El Ministerio de Trabajo en ejercicio de sus atribuciones, mediante Acuerdo Ministerial No. 2022-041, de 15 de marzo de 2022 establece: EL VALOR DEL SALARIO DIGNO PARA EL AÑO 2021 Y REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LA COMPENSACION ECONOMICA.
El valor del salario digno para el año 2021 se fija en $447.41. La compensación económica se realizará al siguiente detalle:
APLICACIÓN
Se encuentran obligados al pago de la compensación económica:
- Empleadores
- Personas jurídicas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que: hubieren generado utilidades en el año 2021 o que hubieren pagado un anticipo al impuesto a la renta inferior a esas utilidades; y que, durante dicho ejercicio económico, no pagaron a las personas trabajadoras o ex trabajadoras.
PERIÓDO PARA EL CÁLCULO DE COMPENSACION ECONOMICA
- Para calcular la compensación económica necesaria para alcanzar el valor del salario digno, se tomará en cuenta la diferencia entre el salario digno definido y los ingresos percibidos por el trabajador durante el año 2021 (01 de enero al 31 de diciembre de 2021).
- Se exceptúan los casos en que el trabajador o ex trabajador hubiere laborado por un lapso menor al año antes mencionado, en cuyo caso el cálculo será proporcional al tiempo trabajado
- El cálculo del salario digno para la persona trabajadora o ex trabajadora que labore con contrato de jornada parcial permanente será calculado de manera proporcional al tiempo de horas semanales de trabajo estipuladas en el contrato. Por lo cual, se considerará que la jornada ordinaria es de cuarenta horas semanales.
CÁLCULO DEL INGRESO MENSUAL
Para el cálculo del ingreso mensual del trabajador o ex trabajador durante el 2021 se deberán sumar:
- El sueldo o salario mensual del año 2021
- La decimotercera remuneración correspondiente al valor proporcional del tiempo laborado en el año 2021
- La decimocuarta remuneración
- Las comisiones variables que hubiere pagado el empleador
- Participación de Utilidades a personas trabajadoras o ex trabajadoras del ejercicio fiscal 2020 y pagadas en el año 2021
- Beneficios adicionales percibidos en dinero por el trabajador por contratos colectivos, que no constituyan obligaciones legales y las contribuciones voluntarias periódicas hechas en dinero por el empleador a sus trabajadores en el año 2021
- Fondos de reserva del año 2021
COMPENSACIÓN ECONÓMICA
El valor de la compensación económica para alcanzar el salario digno resulta de la diferencia entre el salario digno ($447.41) y el ingreso mensual que la persona trabajadora o extrabajadora percibió durante el año 2021.
PLAZO PARA EL PAGO
- El pago de la compensación económica deberá realizarse hasta el 31 de marzo de 2022.
- El empleador destinará hasta el 100% del valor de las utilidades correspondientes al año 2021.
- Si el valor no alcanza para cubrir el salario digno, deberá repartirse de manera proporcional, para lo cual el valor de la compensación económica correspondiente a cada persona trabajadora o ex trabajadora se dividirá para el monto total necesario para cubrir el salario digno de todas las personas trabajadoras o ex trabajadoras y se multiplicará por el valor de las utilidades efectivamente generadas en el año 2021. De acuerdo a la siguiente formula:
Compensación económica correspondiente a cada persona trabajadora o extrabajadora para alcanzar el salario digno ____________________________ |
X Utilidades generadas en el 2021 |
Monto total necesario para cubrir el salario digno de todas las personas trabajadoras o extrabajadoras |
PROCEDIMIENTO
El empleador, al momento de registrar la declaración de la participación de utilidades del año 2021 en la página web del Ministerio del Trabajo, completará la información requerida por el sistema de salarios en línea. Éste identificará a las personas trabajadoras y ex trabajadoras, a las cuales se deberá realizar la compensación económica por no haber alcanzado el salario digno. Luego, se generará el reporte con la nómina de las personas trabajadoras y ex trabajadoras, a las cuales se les deberá realizar la compensación económica para alcanzar el salario digno antes establecido, cuyo valor deberá ser asumido por parte del empleador.
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Gabriela Salazar
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