Decreto 645: reducción del Impuesto a los Consumos Especiales
Mediante Decreto No. 645, de fecha 10 de enero de 2023, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador -Guillermo Lasso Mendoza-, decreta reducir la tarifa del Impuesto a los Consumos Especiales – ICE que se encuentra en el artículo 82 de la Ley del Régimen Tributario Interno. A continuación, los detalles:
- Para fortalecer la seguridad ciudadana y la lucha contra el contrabando y la informalidad, la tabla del Grupo I se reforma de la siguiente manera:
GRUPO ITARIFA AD VALOREM |
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DESCRIPCIÓN |
TARIFA |
Tabaco de los consumibles de tabaco calentado y líquidos que contengan nicotina a ser administrados por medio de sistemas de administración de nicotina. | 50% |
Armas de fuego, armas deportivas y municiones. | 30% |
2. La tabla del Grupo II se reduce de la siguiente manera:
GRUPO IITARIFA AD VALOREM |
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DESCRIPCIÓN |
TARIFA |
3. Aviones, avionetas y helicópteros excepto aquellas destinadas al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios; motos acuáticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo. |
10% |
3. Para contener el impacto inflacionario en la economía, en la Tabla del Grupo IV se reforma de la siguiente manera:
GRUPO IVTARIFA MIXTA |
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DESCRIPCIÓN |
TARIFA ESPECÍFICA |
Cigarrillo. | USD $ 0,16 por unidad |
Alcohol (uso distinto a bebidas alcohólicas y farmacéuticos) y, bebidas alcohólicas. | USD $10,00 por litro de alcohol puro |
Cerveza industrial. | USD $13,08 por litro de alcohol puro |
Cerveza artesanal. | USD $1,50 por litro de alcohol puro |
4. Para contener el impacto inflacionario en la economía, en la Tabla del Grupo V se modifica de la siguiente manera:
GRUPO V |
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DESCRIPCIÓN |
TARIFA ESPECÍFICA |
Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida. | USD $ 0,18 por 100 gramos de azúcar añadida. |
Fundas plásticas. | USD $ 0,08 por fundas plásticas. |
Acorde a la disposición final del Decreto Ejecutivo, el Servicio de Rentas Internas – SRI, el Ministerio de Economía y Finanzas y demás entidades conforme a sus competencias realizarán los cambios en las tarifas del Impuesto a los Consumos Especiales para el cumplimiento de este Decreto.
Contacto para asesoría legal tributaria:
Patricio Ortega
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