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Nuevas obligaciones UAFE para operadores de apuestas deportivas en Ecuador

¿Qué establece la Resolución UAFE-DG-2026-0005?

La Resolución UAFE-DG-2026-0005 incorpora a los operadores de pronósticos deportivos como sujetos obligados al sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos en Ecuador.

Esto significa que todas las empresas que gestionen, administren o exploten actividades de apuestas deportivas, especialmente mediante plataformas digitales, deben cumplir con exigencias legales específicas ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

¿Quiénes deben cumplir esta normativa?
Esta regulación aplica a:

  • Plataformas digitales de apuestas deportivas
  • Operadores de pronósticos deportivos
  • Empresas vinculadas a sistemas de betting o gaming
  • Negocios que gestionen apuestas online o físicas

👉 Incluso si su empresa está registrada bajo actividades tecnológicas, puede estar obligada a cumplir.

Obligaciones UAFE para operadores de apuestas deportivas
Las principales obligaciones que impone la normativa son:
✔ Implementar un sistema de prevención (PLA/FT)
Debe incluir políticas, controles y mecanismos para identificar riesgos de lavado de activos.
✔ Reportar operaciones sospechosas
Obligación de reportar a la UAFE:

  • Operaciones inusuales
  • Operaciones sospechosas
  • Reportes periódicos regulatorios

✔ Designar un Oficial de Cumplimiento
Debe ser registrado ante la UAFE y será responsable del sistema de control.
✔ Aplicar debida diligencia
Incluye:

  • Identificación de clientes
  • Verificación de información
  • Monitoreo de transacciones

✔ Elaborar documentación obligatoria

  • Manual de prevención
  • Matriz de riesgos
  • Políticas internas

Sanciones por incumplimiento UAFE en Ecuador
El incumplimiento de estas obligaciones puede generar:

  • Multas económicas
  • Sanciones reiterativas
  • Observaciones regulatorias
  • Responsabilidad del representante legal

⚠️ Importante: Las sanciones pueden aplicarse de forma continua hasta que la empresa regularice su situación.

Riesgos para empresas de apuestas deportivas
Muchas empresas del sector enfrentan actualmente:

  • Falta de sistemas de cumplimiento
  • Desconocimiento de la normativa UAFE
  • Clasificación incorrecta en su actividad económica (CIIU)
  • Ausencia de oficial de cumplimiento

Esto incrementa significativamente el riesgo de sanción.

¿Cómo cumplir con la UAFE en apuestas deportivas?
Para cumplir correctamente con la normativa, se recomienda:

  1. Realizar un diagnóstico legal inmediato
  2. Implementar un sistema PLA/FT adecuado
  3. Designar y registrar un oficial de cumplimiento
  4. Regularizar obligaciones pendientes

Asesoría legal especializada en cumplimiento UAFE
En Sempértegui Abogados, ofrecemos asesoría integral para sujetos obligados:

  • Implementación completa del Programa del Lavado de Activos
  • Elaboración de matrices de riesgo
  • Registro de oficial de cumplimiento
  • Regularización de incumplimientos
  • Acompañamiento legal permanente
  • Inspectorías UAFE

Evite sanciones y cumpla con la normativa
La Resolución UAFE-DG-2026-0005 representa un cambio clave en la regulación del sector.
Actuar a tiempo no solo evita sanciones, sino que protege la operación y reputación de su empresa.

📞 Contacto
Asesoría especializada en cumplimiento UAFE:

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Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.

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Designación del Delegado de Protección de Datos

🔐Designación del Delegado de Protección de Datos: Nueva Obligación para las Empresas en Ecuador

La entrada en vigor del Reglamento del Delegado de Protección de Datos Personales marca un cambio trascendental para las instituciones educativas del país. Desde ahora, colegios, escuelas, institutos, conservatorios y universidades están obligados a designar, nombrar e inscribir a un Delegado de Protección de Datos Personales (DPO) ante la autoridad competente.

Esta obligación no es solo formal: responde a la necesidad de proteger adecuadamente los datos personales como un activo cada vez más sensible en el entorno digital.

¿Quiénes deben cumplir con la Designación del Delegado de Protección de Datos?

El Reglamento para la Designación del Delegado de Protección de Datos Personales establece 14 sectores cuyo nivel de exposición y manejo de información sensible exige la incorporación obligatoria de esta figura. Entre ellos se encuentran organizaciones que gestionan datos de alta criticidad, razón por la cual requieren un estándar más riguroso de control y supervisión. Estos sectores incluyen:

  • 🎓 Instituciones educativas
  • 🏦 Entidades financieras
  • 🛡️ Aseguradoras
  • 🧪 Laboratorios farmacéuticos
  • 🏥 Hospitales y prestadores de servicios de salud
  • 🚔 Empresas de seguridad privada
  • 📡 Operadoras de telecomunicaciones
  • 📲 Compañías de publicidad digital
  • 🎥 Proveedores de sistemas de videovigilancia masiva

La obligatoriedad en estos sectores responde a la naturaleza especialmente sensible de los datos que administran y al impacto que su tratamiento inadecuado podría generar en los titulares de la información.

¿Cuáles son los riesgos de no cumplir?

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave, sancionada con multas que pueden alcanzar hasta el 1% de los ingresos del año anterior.

Más allá de la sanción económica, la falta de un DPO expone a las compañías a:

  • Incidentes de seguridad mal gestionados.
  • Pérdida de confianza de sus Clientes.
  • Riesgos reputacionales significativos.
  • Procesos administrativos adicionales ante la autoridad.
  • Responsabilidades legales frente a titulares de datos.

Dado que el sector educativo ha sido identificado como uno de los entornos con mayor nivel de vulnerabilidad, debido al manejo de información especialmente sensible (información sensible de menores de edad), resulta imprescindible contar con una supervisión profesional especializada. Como firma jurídica con amplia experiencia en Derecho Educativo, brindamos un acompañamiento técnico-jurídico capaz de garantizar un cumplimiento riguroso y proteger adecuadamente los datos personales de toda la comunidad educativa.

¿Por qué implementarlo ahora?

Porque anticiparse no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que demuestra responsabilidad institucional, eleva los estándares de protección de datos y evita contratiempos en futuras auditorías o requerimientos de la autoridad.

Nuestro equipo especializado ofrece un servicio integral para las compañías del sector con énfasis en el Sector educativo:

  • Designación e inscripción del Delegado de Protección de Datos Personales (DPO)
  • Asesoría jurídica y técnica continua
  • Revisión y adecuación de procesos internos
  • Implementación de políticas, protocolos y estándares requeridos
  • Capacitación para personal administrativo y académico
  • Acompañamiento en incidentes y respuesta ante la autoridad

Brindamos experiencia, cumplimiento y tranquilidad, adaptándonos a la realidad operativa de cada compañía.

Dé el siguiente paso hoy

Le invitamos a agendar una reunión informativa sin costo, donde evaluaremos su situación actual.
Cumplir con la normativa no es solo una obligación: es proteger a quienes más importan dentro de su compañía.

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Que la UAFE no detenga tu obra

Que la UAFE no detenga tu obra: respaldo legal para Empresas Constructoras en el Ecuador.

Las empresas constructoras deben estar atentas: cuando los valores que ingresan a sus cuentas no coinciden con lo declarado ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) o si manejan fondos de terceros sin justificación, se exponen a requerimientos, sanciones y bloqueos. En Sempertegui Abogados te ayudamos a anticipar, preparar y cumplir.

En el sector de la construcción en Ecuador, la complejidad financiera y los múltiples flujos (cuentas bancarias, depósitos, pagos a terceros, subcontratistas) hacen que el cumplimiento normativo sea un factor crítico.

Cuando los valores que ingresan a tus cuentas bancarias no coinciden con los valores declarados ante el SRI, o cuando se manejan fondos de terceros sin el respaldo adecuado, la UAFE puede requerir explicaciones. Cada transacción inusual debe tener respaldo y justificación, independientemente de que no haya delito aparente.

¿Por qué ocurre esto?

  • Bajo el marco de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, todas las sociedades están obligadas a llevar contabilidad, y las personas naturales o empresas que alcancen ciertos niveles de ingresos, capital o gastos deben hacerlo también.
  • El Servicio de Rentas Internas (SRI) exige registros claros de ingresos, egresos, activos y pasivos, y mantiene mecanismos de control, auditoría y cruce de datos.
  • Aun cuando la normativa no mencione explícitamente “bloqueo de cuentas por la UAFE”, el incumplimiento de deberes formales, el manejo de fondos sin respaldo, o la disonancia entre lo declarado y lo ingresado, abre la puerta a requerimientos, fiscalización o medidas que afecten el flujo de tu empresa.

¿Qué puedes hacer?

  1. Revisar que cada ingreso a cuentas bancarias de la empresa constructora coincida con lo que estás declarando al SRI.
  2. Si manejas fondos de terceros o contratos especiales, asegúrate de que haya documentación, contratos y respaldo de esos movimientos.
  3. Mantén los registros contables, libros, comprobantes, estados financieros actualizados y organizados. La Ley obliga a llevar contabilidad y estados financieros cuando se cumple con ciertos criterios.
  4. Evalúa la matriz de riesgos y el manual de cumplimiento de la UAFE para tu empresa constructora — anticiparse es clave.
  5. Busca asesoría especializada: en Sempertegui Abogados brindamos servicios jurídicos orientados al cumplimiento de la UAFE para constructoras, ayudando a estructurar la documentación, realizar reportes correctos y proteger tu empresa frente a fiscalizaciones.

¿Por qué elegirnos?

  • Somos expertos en el ámbito legal-tributario y en la normativa de cumplimiento exigida por la UAFE para el sector construcción.
  • Te ayudamos a transformar un riesgo oculto en un proceso ordenado y seguro.
  • Con prevención legal adecuada, evitarás interrupciones en tu obra, sanciones o afectación reputacional.

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¿Qué sucede si una empresa Constructora no se registra ante la UAFE?

El incumplimiento de las obligaciones Unidad de Análisis Financiero y Económico en el Ecuador puede acarrear graves consecuencias legales y económicas, tales como:

💸 Multas de 1 a 30 salarios básicos unificados.
🚫 Suspensión del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
⚖️ Investigaciones por operaciones sospechosas.
📉 Riesgo reputacional y bloqueo en contrataciones o créditos bancarios.

Por ello, es fundamental que toda constructora cumpla con su registro y obligaciones UAFE dentro de los plazos establecidos por la normativa ecuatoriana.

En Sempertegui Abogados, brindamos acompañamiento jurídico integral para que su empresa constructora cumpla con todas las exigencias de la UAFE de manera ágil y segura.

Nuestro equipo especializado en cumplimiento normativo y prevención de lavado de activos ofrece:

🧾 Diagnóstico y verificación de cumplimiento UAFE.
⚙️ Implementación completa del sistema SPLAFT.
📚 Elaboración del Manual de Prevención de Lavado de Activos.
👩‍💼 Asesoría en calificación del Oficial de Cumplimiento.
📈 Capacitación y seguimiento continuo ante requerimientos de la UAFE.

🎯 Beneficios de cumplir con la normativa UAFE

Cumplir con la ley no solo evita sanciones:
✔️ Protege la reputación institucional de su empresa.
✔️ Genera confianza ante bancos, clientes y contratistas.
✔️ Fortalece la sostenibilidad y transparencia empresarial.

💼 En Sempertegui Abogados ayudamos a las empresas constructoras a cumplir con la UAFE, prevenir riesgos legales y operar dentro del marco normativo ecuatoriano.

📞 Contáctenos hoy mismo y reciba una asesoría inicial personalizada de 25 minutos sin costo, sobre el cumplimiento UAFE para su empresa Constructora.

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Ley Orgánica de Transparencia Social

¿Conoces sobre la nueva Ley Orgánica de Transparencia Social o llamada ley de Fundaciones y Corporaciones?

Si tienes una Fundación o Corporación. Te quedan 180 días ⏳ para aplicar la nueva Ley Orgánica de Transparencia o Ley de Fundaciones y Corporaciones. Esta nueva normativa contempla multas 💸 e incluso el cierre ❌de estas organizaciones recuerda que:

Son corporaciones las asociaciones, clubes, confederaciones, comités, colegios profesionales, centros, confederaciones, uniones, cámaras u otras entidades similares.

Son fundaciones las organizaciones que fueron constituidas con fin social humanitario y sin fin de lucro.

📊 Organismo de control

Deberán cumplir con nuevas obligaciones legales y someterse al control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) 🏢.

Están clasificadas en tres rangos según el riesgo:

  • 🚨alto
  • ⚠️medio y bajo

¿Qué determina el nivel de riesgo?

🏢El tamaño de tu organización

  • 💰Los ingresos
  • 🌐La cooperación internacional y
  • 🤲 La actividad social que desarrolles

📝 Obligaciones principales

  1. Elaborar un informe obligatorio de gestión y de uso de recursos📋
  2. Designar un Responsable Institucional de cumplimiento 👤
  3. Las organizaciones de riesgo medio y bajo deberán designar un responsable encargado de:
    1. La aplicación del manual de cumplimiento 📖
    2. Entrega de la información correspondiente📨

📈 Contenido del informe

  • 💵Detalle de ingresos y egresos,
  • 🎯Destino de esos egresos
  • 👥Reporte de beneficiarios
  • ⚠️Evaluación de impacto y en general un reporte de riesgo anticorrupción

En Sempértegui Abogados⚖️ brindamos acompañamiento legal a las Fundaciones y Corporaciones para que cumplan con estas obligaciones y eviten ser sancionadas. ✅

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Acuerdo Ministerial MDT-2025-102 – Nueva obligación para empleadores del sector privado

Dicha normativa posee un alcance amplio y vinculante, toda vez que su observancia resulta de carácter obligatorio para las entidades del sector público y privado, comprendiendo no únicamente las actividades desarrolladas en las instalaciones del empleador, sino también aquellas que se ejecuten en contextos externos, tales como viajes, capacitaciones, eventos institucionales, actividades sociales y comunicaciones en medios digitales.

Obligaciones principales de los empleadores:

  • Elaborar, implementar y registrar el Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral, en la plataforma informática que disponga el Ministerio de Trabajo.
  • Diseñar y ejecutar el Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales, obligatorio para empleadores con más de diez (10) trabajadores, y de observancia general para todos en cuanto a la gestión preventiva.
  • Adoptar políticas de cero tolerancia, canales de denuncia accesibles, medidas de protección efectivas y sanciones proporcionales frente a conductas indebidas.
  • Garantizar el derecho a la desconexión digital, salvo excepciones expresamente previstas en la norma.

Conductas reguladas:
El acuerdo establece la prohibición expresa de toda forma de discriminación laboral (por género, orientación sexual, estado de salud, entre otras), así como la violencia y acoso en sus diferentes modalidades: vertical, ascendente y transversal. Asimismo, proscribe la utilización de requisitos discriminatorios en los procesos de selección de personal, tales como pruebas de embarazo, VIH o antecedentes judiciales irrelevantes.

Plazos de cumplimiento:
Los empleadores cuentan con 60 días para adaptar e implementar los protocolos y programas exigidos, mientras que el Ministerio del Trabajo deberá habilitar el módulo informático correspondiente para el registro obligatorio. El incumplimiento de estas obligaciones genera la imposición de sanciones pecuniarias.

Sempértegui Abogados ofrece un servicio especializado en la elaboración e implementación de protocolos y programas de prevención, orientado a asegurar el estricto cumplimiento de la normativa laboral vigente, mitigar riesgos de sanción y consolidar una cultura organizacional basada en el respeto, la inclusión y el bienestar integral.

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Ecuador: el destino más seguro y atractivo para invertir en latinoamérica

En un mundo donde el costo del capital sube y evitar el riesgo manda, Ecuador ofrece una ecuación que pocos competidores pueden igualar: estabilidad monetaria en dólares, baja volatilidad, reglas pro-inversión y una riqueza de recursos naturales inmejorable. Aquí, cada dólar invertido opera sin riesgo cambiario y cada decisión puede anclarse en marcos modernos de contratación público-privada, zonas francas y seguridad jurídica. El resultado: proyectos más rentables y seguros y ciclos de ejecución más cortos.

La ventaja comparativa empieza por la dolarización: elimina el riesgo cambiario, reduce el costo financiero y simplifica el acceso a crédito internacional. A esto se suman acuerdos comerciales con Europa, China, la CAN, entre otros, un andamiaje regulatorio que incentiva inversión productiva (exenciones selectivas, estabilidad tributaria bien diseñada) y un renovado enfoque en facilitación logística: puertos competitivos en la costa del Pacífico, corredores viales estratégicos y polos industriales cerca de terminales marítimas y aéreas. Instalarte en Ecuador te conecta de frente con los clientes de la costa oeste de América.

La joya de la corona está bajo tierra. La minería ecuatoriana combina operaciones comprobadas, oro y cobre de talla mundial, con una cartera de proyectos en etapas avanzadas que apuntalan la tesis de “metales para la transición”: cobre, oro y subproductos críticos. El país ofrece geología de primer nivel, continuidad de ley, disponibilidad de agua y energía competitiva, así como estándares socio. ambientales cada vez más sofisticados (gestión social temprana, compensaciones ambientales, transparencia). Ser pionero en Ecuador te permitirá entrar a buen precio, firmar acuerdos de compra por adelantado, acceder a financiamiento flexible (como pagos por regalías) y montar o ampliar procesos de refinación y fabricación dentro de zonas francas.

Otra gran oportunidad de negocio a desarrollar es la siembra y exportación de Cannabis no psicoactivo o cáñamo industrial, en Ecuador, gracias a su variedad climática y altitudes desde 0 hasta 3.000 m, se pueden producir tres cosechas al año, a precios mucho más bajos que los principales productores como Canadá y Estados Unidos, lo que acelera el retorno de la inversión y favorece una industrialización ágil. Además, esta industria ofrece enormes oportunidades en sectores como: la farmacéutica, textil, bioplásticos, aceites y construcción, convirtiéndose en una fuente poderosa de divisas e innovación agrícola.

La plataforma productiva está lista para escalar. Energía (renovables, gas natural y cogeneración), agroindustria premium, manufactura liviana, logística de valor añadido y servicios globales encuentran en Ecuador costos previsibles, mano de obra a costo competitivo y acceso preferencial a mercados; los regímenes aduaneros y fiscales de las zonas francas permiten importar equipos y materias primas con eficiencia, y exportar con reglas claras. El país, en síntesis, invita a producir donde la cadena es corta y el margen, más largo.

Desde la estructura legal, Ecuador permite crear proyectos para inversionistas sofisticadas: contratos de inversión con estabilidad, APPs con asignación eficiente de riesgos y mecanismos de reajuste, garantías de cumplimiento robustas, arbitraje internacional, y vehículos societarios y financieros optimizados para proteger las inversiones.
Ecuador no solo constituye un destino atractivo para la inversión, sino también para la residencia permanente de ciudadanos extranjeros. El ordenamiento jurídico ecuatoriano establece facilidades migratorias para jubilados, rentistas e inversionistas que deciden fijar su domicilio en el país. La normativa vigente contempla visados de residencia temporal y permanente con requisitos claros y predecibles, así como regímenes de beneficios tributarios y de importación para quienes trasladan su patrimonio. A ello se suma un entorno con costos de vida competitivos, seguridad jurídica y acceso a servicios de calidad, consolidando a Ecuador como un destino idóneo para quienes buscan conjugar inversión, estabilidad y calidad de vida.

En Sempértegui Abogados nos especializamos en estructurar inversiones en Ecuador, convirtiendo oportunidades en resultados. La próxima gran historia de éxito puede escribirse con tu compañía.

Autor:
Ab. Gabriela Salazar Sempértegui | Socia Líder en Derecho Corporativo

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Participación Ab. Pablo Francisco Mendieta refuerza con el Sello Matilde

🔎 ¿Está al día en sus obligaciones tributarias ante el SRI? ⚖💼

Nuestro líder en Derecho Corporativo, Abg. Pablo Francisco Mendieta, fortalece la visión de respeto, igualdad y comunicación que distingue a Sempertegui Ontaneda Abogados. Con el Sello Matilde, reafirmamos nuestro compromiso con la equidad y la inclusión, consolidando una firma sólida, con visión internacional, preparada para acompañar a inversionistas extranjeros y empresarios nacionales en el crecimiento de sus negocios. 🌍⚖️

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REMISIÓN TRIBUTARIA

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⚖ En Sempértegui Abogados realizamos un análisis legal tributario de sus obligaciones y lo guiamos en el proceso de acogimiento, evitando riesgos y coactivas.

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¿Su iglesia está registrada ante el Ministerio de Gobierno?

¡Dele orden jurídico a su llamado con respaldo profesional! ⚖️✨

Desde nuestra firma, SEMPÉRTEGUI ABOGADOS, ofrecemos asesoría legal, contable y tributaria especializada para iglesias y organizaciones sin fines de lucro, orientada a su regularización y funcionamiento legal en el Ecuador.

Otorgue a su organización la seguridad jurídica que merece y consolide su misión con legitimidad y legalidad.

El reconocimiento legal genera beneficios y crecimiento institucional.

💼 Brindamos asesoría para:

🏢 Constitución legal
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