anexos

SUPERCÍAS realiza cambios en su portal institucional para la presentación de anexos y estados financieros

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, ha implementado cambios en la plataforma de recepción de anexos y en la aplicación cliente para la presentación de estados financieros dentro de su portal institucional. Entre los cambios que se presentan, está la habilitación del nuevo anexo “Declaración Representante Legal”, el cual es opcional en caso de no adjuntar el “Acta de Junta General”.

Estos cambios se realizan en cumplimiento al Art. 6 de la Ley de Modernización a la Ley de Compañías en el cual establece que “… para el cumplimiento de esta obligación, si esta documentación no hubiere sido aprobada por la junta general de socios o accionistas antes de la fecha máxima de presentación pero estuviere lista para ser enviada, el representante legal, bajo su personal y exclusiva responsabilidad, deberá remitirla en línea a la Superintendencia, junto con una declaración que acredite que la junta general no se ha instalado o, habiéndose instalado no se ha pronunciado sobre la misma” por lo cual esta opción es válido exclusivamente para los balances del 2020 en adelante.

PARA TOMAR EN CUENTA:

  • Las compañías que están obligadas a presentar los estados financieros individuales anteriores al 2018, se recibirán a través de la opción Portal de “Trámites en Línea”.
  • La información de 2018, 2019 y 2020 solo podrá ser presentada mediante la aplicación de escritorio.

Contacto para asesoría legal en Derecho Societario:

Julián Pástor

Socio de Derecho Societario

jpastor@sempertegui.com


Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.

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Se amplía el plazo para la presentación de la declaración y anexo del ICE para bebidas alcohólicas de enero 2020

Mediante el Registro Oficial Suplemento N° 144 publicado el 17 de febrero de 2020 se expide la resolución que amplía el plazo para la presentación de la declaración y del anexo del Impuesto a los Consumos Especiales – ICE para bebidas alcohólicas, del mes de enero de 2020. En ésta se dispone ampliar los plazos de presentación de conformidad con lo establecido en el siguiente calendario:

NOVENO DÍGITO DEL RUC DEL SUJETO PASIVO FECHA DE VENCIMIENTO (HASTA)
1 10 de marzo de 2020
2 12 de marzo de 2020
3 16 de marzo de 2020
4 16 de marzo de 2020
5 18 de marzo de 2020
6 20 de marzo de 2020
7 23 de marzo de 2020
8 24 de marzo de 2020
9 26 de marzo de 2020
0 30 de marzo de 2020

Los contribuyentes que tengan su domicilio en Galápagos podrán presentar la declaración y el respectivo anexo hasta el 30 de marzo de 2020.

IMPORTANTE:

La falta de presentación, el cumplimiento tardío o la presentación con errores de la información generará multas.

No serán aplicable los plazos detallados anteriormente, para las declaraciones y pagos tributarios en los cuales el plazo de presentación no se encuentre atado al noveno digito del RUC o de la cédula de identidad.

 


Contacto para asesoría legal tributaria:

Patricio Ortega R.

Socio Líder de Impuestos y Comercio Exterior

portega@sempertegui.com


Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal.

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