Derogación del ISD para importación de derivados de combustibles
El presidente de la República, Guillermo Lasso, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 147 de la Constitución de la República expide el Decreto Ejecutivo No. 327 con fecha 17 de enero de 2022, mediante el cual regula la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas – ISD para la importación de derivados de combustibles.
La tarifa del ISD se reduce a un 0% (cero por ciento), para los pagos realizados con el fin de importar derivados de combustibles, biocombustibles o gas natural. Ya sean transferencias, envíos o traslados de divisas al exterior, en efectivo o a través de giro e cheques. Así también a las transferencias, envíos o pagos de cualquier naturaleza, incluyendo las compensaciones realizadas con o sin intermediación de instituciones del sistema financiero para este tipo de importaciones.
El Servicio de Rentas Internas – SRI tiene un plazo de 15 días para actualizar los formularios y de esta forma aplicar la mencionada reducción. Además, mediante resolución, regulará los plazos y condiciones para que las entidades financieras realizan las devoluciones respectivas de ser el caso.
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