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Sanciones por no entregar comprobantes de venta y no transmitir a la Administración Tributaria

¿Es usted contribuyente obligado a emitir comprobantes de venta?

Esta información puede ser de su interés.

El Servicio de Rentas Internas emitió la 🧾 Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000022 publicada en el Registro Oficial Suplemento Nº 575, del 10 de junio de 2024, en donde establece:

Las normas para la aplicación de sanciones por la falta de entrega de comprobantes de venta y la falta de transmisión a la Administración Tributaria.

Las acciones que pueden ser objeto de infracción a la norma, comprenden:
✅ Entregar comprobantes físicos cuya autorización se encuentre caducada.
✅ Entregar comprobantes electrónicos sin que el sujeto pasivo esté autorizado para su emisión.
✅ Autorización pertenezca a otro contribuyente.
✅ Entregar comprobantes no autorizados.

Por otro lado, si no se ha hecho la transmisión de comprobantes de venta a la Administración Tributaria, la norma prevé circunstancias en las cuales se podrá verificar que se ha transmitido los comprobantes a la Administración Tributaria y de esta manera evitar la aplicación de multas:
🚩 La primera, habiéndose realizado este procedimiento en el plazo establecido en la norma,
🚩 La segunda, que los comprobantes hayan cumplido con las validaciones para la transmisión y recepción exitosa en el sistema del SRI, y finalmente, que los comprobantes de venta electrónicos transmitidos contemplen la información y los mismos valores de la transacción efectuada.

Las multas por incumplir las disposiciones contenidas en esta norma van desde $460.00 a $9.200,00 remuneraciones básicas unificadas en el caso de la falta de entrega de comprobantes de venta, y de $460.00 a $13.800,00 remuneraciones básicas unificadas en el caso de la falta de transmisión de los comprobantes de venta electrónicos a la Administración Tributaria.


El equipo legal de Sempértegui Abogados, puede brindarte asesoría con:

  • Asesoría técnico – legal para la impugnación de multas.
  • Elaboración de reclamos ante el Servicio de Rentas Internas.
  • Asesoría técnico – legal para cumplir con el proceso sancionatorio aplicado por el Servicio de Rentas Internas.

Si desea conocer más información sobre este tema, no dude en comunicarse con nosotros.
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Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.

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