CumplimientoNormativo

La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) modifica la regulación sobre la entrega de Información para Comercializadores de Vehículos y Maquinaria Pesada

🚗 ¡Atención comercializadores de vehículos y maquinaria pesada! 🚛
La Unidad de Análisis Financiero y Económico ha emitido la Resolución UAFE-DG-2025-0004, que modifica la regulación sobre la entrega de información para el sector. 📝
  1. Obligación de Reportar Información 📊 Ahora es obligatorio reportar tus transacciones y operaciones económicas siguiendo nuevos manuales. Estos estarán disponibles solo a través del SISLAFT, y es crucial que los sigas al pie de la letra para evitar sanciones.
  2. Fecha Límite: 1 de mayo de 2025 📅 Las nuevas reglas entrarán en vigencia el 1 de mayo de 2025. ¡Es hora de ponerte al día!
Sanciones por Incumplimiento 💸 Si no entregas la información correctamente, podrías enfrentar multas de hasta 20 salarios básicos unificados. ($9.400)
📌 ¿Cómo te podemos ayudarte? 
Ofrecemos asesoría jurídica especializada para ayudarte a cumplir con todas las normativas y evitar sanciones. Con nuestra orientación, podrás enfocarte en tu negocio sin preocupaciones legales. ✅
¡No arriesgues tu empresa! Contáctanos para más información y asegúrate de cumplir con la normativa UAFE sin complicaciones. 📞  +593 958 687 705

Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.

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UAFE | Ampliación de plazos para la carga anual del Informe del Oficial de Cumplimiento

🚨 Ampliación de plazos para la carga anual del Informe del Oficial de Cumplimiento 🚨

¡Atención, sujetos obligados! ⏳ La UAFE ha extendido el plazo para la entrega del Informe del Oficial de Cumplimiento hasta el 31 de marzo de 2025 a las 23:59.

✅ Es crucial que el INFORME sea entregado en el formato establecido por la UAFE. Recuerda que el incumplimiento será sancionado.

🔑 No dejes pasar esta oportunidad para cumplir con la normativa y evitar posibles sanciones. ¡Actúa antes de la fecha límite!

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Prórroga para la entrega del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento según resolución Resolución UAFE-DG-2025-003

¡Atención empresas regidas por UAFE! Prórroga para la entrega del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento

La Resolución UAFE-DG-2025-003 establece una prórroga excepcional hasta el 15 de marzo de 2025, a las 23:59, para la entrega del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento a través del sistema SISLAFT, en cumplimiento con la normativa de prevención del lavado de activos y financiamiento de delitos.

Artículo 1.- Objeto.- La presente resolución tiene por objeto conceder una prórroga por única ocasión hasta el 15 de marzo de 2025 a las 23:59 para el envío del informe anual de oficial de cumplimiento a través del sistema de prevención de lavado de activos SISLAFT señalado en la norma para la prevención del delito de lavado de activos y del financiamiento de delitos dirigidos a los sujetos obligados a reportar bajo la supervisión de la unidad de análisis financiero y económico UAFE.

Artículo 2.-Ámbito de aplicación.- La presente prórroga es aplicable para los sujetos obligados bajo el control y supervisión de la unidad de análisis financiero y económico uafe al no tener organismo de control específico en el país en materia de prevención del delito de lavado de activos y financiamiento de delitos por lo cual dicho control y supervisión es competencia de la UAFE de acuerdo lo determinado en la ley orgánica de prevención detención y erradicación del delito de lavado de activos y de financiamiento de delitos solo podrán acogerse esta prórroga todos los sujetos obligados que se encuentren bajo el ámbito de aplicación de la resolución UAFE de eje 2023-0689.

Artículo 3.- Entrega de la información.- Los sujetos obligados señalados en el artículo 2 deberán entregar el informe anual de oficial de cumplimiento en el formato que la unidad de análisis financiero y económico uafe establezca de manera anual de manera completa El incumplimiento de la entrega de dicha información será sancionada conforme a la normativa aplicable.

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Implementación de Protocolos Educativos adecuados

📚🔍 ¡Atención instituciones educativas! Con el inicio del nuevo período escolar, es crucial cumplir con los lineamientos del Ministerio de Educación para evitar sanciones. La Ley Orgánica de Educación Intercultural clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves:

🔹 Infracciones Leves:
🚨Actuaciones negligentes por parte de los miembros y autoridades
📆Incumplimiento de los cronogramas,
📃retención de documentación de los estudiantes,
🛃oponerse a la ejecución de actividades de control
🏫uso de las instalaciones educativas con fines proselitistas.

🔸 Infracciones Graves:
📃Emisión de documentos sin las formalidades y requisitos establecidos en la Ley
🚸El uso de medios que atenten contra la dignidad de niños y adolescentes
👨🏼‍🎓Separación de estudiantes del establecimiento educativo
🪪 La alteración de documentación o la entrega documentos falsos.

🔴 Infracciones Muy Graves:

📃Emisión de documentos sin las formalidades
✅Requisitos establecidos en la Ley
🚸El uso de medios que atenten contra la dignidad de niños y adolescentes
👨🏼‍🎓Separación de estudiantes del establecimiento educativo
🚫Actividades proselitistas y discriminatorias,
🥃Uso de alcohol y drogas dentro de la institución
📃La alteración de documentación o la entrega documentos falsos.

Para evitar sanciones como multas, suspensión sin sueldo o destitución, asegúrate de tener protocolos robustos de seguridad y gestión de riesgos.
Para asesoría en estructuración de protocolos o impugnación de sanciones.

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¿Qué cambios trae la vigente reforma a la ley de prevención, detección y combate del delito de Lavado de Activos?

🔍 Reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos 🔍
El 29 de julio de 2024, se publicaron en el Registro Oficial Cuarto Suplemento No. 610 importantes reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos. Estas reformas introducen cambios significativos que fortalecerán la lucha contra estos delitos y optimizarán el cumplimiento de las obligaciones legales.
Principales Cambios:

  1. Creación del Consejo Nacional de Coordinación: Se establece un nuevo órgano encargado de coordinar y planificar políticas públicas contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
  2. Reestructuración de Sujetos Obligados: Se diferencian claramente los sujetos financieros de los no financieros, redefiniendo y ampliando sus obligaciones para mejorar la eficacia en la prevención y detección de actividades ilícitas.
  3. Ampliación de los Criterios de Debida Diligencia: Se incorporan nuevos parámetros para la verificación de la identidad en transacciones comerciales, fortaleciendo los procedimientos de control y asegurando un cumplimiento más riguroso.
  4. Modificación en Declaraciones Patrimoniales: Se introducen cambios en las declaraciones patrimoniales juramentadas requeridas para el ejercicio de cargos públicos, aumentando la transparencia y el control.
  5. Verificación Notarial de Pagos: Los notarios deberán verificar los pagos en efectivo superiores a diez mil dólares o cien salarios básicos unificados, lo que permitirá un mayor control en transacciones de alto valor.

Estas reformas representan un avance crucial en el fortalecimiento del sistema de prevención y combate del lavado de activos, garantizando una mayor transparencia y eficacia en la gestión pública y privada.
🔗 Para más detalles sobre las reformas y su impacto, consulta el Registro Oficial del 29 de julio de 2024.

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Servicios Jurídicos Especializados en Cáñamo No Psicoactivo

¿Estás involucrado en la industria del cáñamo no psicoactivo? En Sempértegui Abogados, ofrecemos una gama completa de servicios jurídicos diseñados para apoyar la siembra, comercialización y exportación de cáñamo no psicoactivo.

🔹 Asesoramiento Legal Inicial: Revisión de normativas y obtención de permisos.
🔹 Cumplimiento Normativo: Auditorías y capacitación en buenas prácticas legales.
🔹 Contratos y Acuerdos: Redacción y revisión de contratos de cultivo y comercialización.
🔹 Defensa Legal: Representación en disputas y asesoramiento judicial.
🔹 Propiedad Intelectual: Registro y protección de patentes y marcas.
🔹 Consultoría en Exportación: Estrategias legales para acceso a mercados internacionales.
🔹 Sostenibilidad y Responsabilidad Social: Asesoramiento en certificaciones ecológicas.

✨ Beneficios:

⛔ Reducción de riesgos legales.
💡 Eficiencia operativa.
🌏 Acceso a mercados globales.
🔝 Innovación y protección.

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