CumplimientoNormativo

Implementación de Protocolos Educativos adecuados

📚🔍 ¡Atención instituciones educativas! Con el inicio del nuevo período escolar, es crucial cumplir con los lineamientos del Ministerio de Educación para evitar sanciones. La Ley Orgánica de Educación Intercultural clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves:

🔹 Infracciones Leves:
🚨Actuaciones negligentes por parte de los miembros y autoridades
📆Incumplimiento de los cronogramas,
📃retención de documentación de los estudiantes,
🛃oponerse a la ejecución de actividades de control
🏫uso de las instalaciones educativas con fines proselitistas.

🔸 Infracciones Graves:
📃Emisión de documentos sin las formalidades y requisitos establecidos en la Ley
🚸El uso de medios que atenten contra la dignidad de niños y adolescentes
👨🏼‍🎓Separación de estudiantes del establecimiento educativo
🪪 La alteración de documentación o la entrega documentos falsos.

🔴 Infracciones Muy Graves:

📃Emisión de documentos sin las formalidades
✅Requisitos establecidos en la Ley
🚸El uso de medios que atenten contra la dignidad de niños y adolescentes
👨🏼‍🎓Separación de estudiantes del establecimiento educativo
🚫Actividades proselitistas y discriminatorias,
🥃Uso de alcohol y drogas dentro de la institución
📃La alteración de documentación o la entrega documentos falsos.

Para evitar sanciones como multas, suspensión sin sueldo o destitución, asegúrate de tener protocolos robustos de seguridad y gestión de riesgos.
Para asesoría en estructuración de protocolos o impugnación de sanciones.

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Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.

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¿Qué cambios trae la vigente reforma a la ley de prevención, detección y combate del delito de Lavado de Activos?

🔍 Reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos 🔍
El 29 de julio de 2024, se publicaron en el Registro Oficial Cuarto Suplemento No. 610 importantes reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos. Estas reformas introducen cambios significativos que fortalecerán la lucha contra estos delitos y optimizarán el cumplimiento de las obligaciones legales.
Principales Cambios:

  1. Creación del Consejo Nacional de Coordinación: Se establece un nuevo órgano encargado de coordinar y planificar políticas públicas contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
  2. Reestructuración de Sujetos Obligados: Se diferencian claramente los sujetos financieros de los no financieros, redefiniendo y ampliando sus obligaciones para mejorar la eficacia en la prevención y detección de actividades ilícitas.
  3. Ampliación de los Criterios de Debida Diligencia: Se incorporan nuevos parámetros para la verificación de la identidad en transacciones comerciales, fortaleciendo los procedimientos de control y asegurando un cumplimiento más riguroso.
  4. Modificación en Declaraciones Patrimoniales: Se introducen cambios en las declaraciones patrimoniales juramentadas requeridas para el ejercicio de cargos públicos, aumentando la transparencia y el control.
  5. Verificación Notarial de Pagos: Los notarios deberán verificar los pagos en efectivo superiores a diez mil dólares o cien salarios básicos unificados, lo que permitirá un mayor control en transacciones de alto valor.

Estas reformas representan un avance crucial en el fortalecimiento del sistema de prevención y combate del lavado de activos, garantizando una mayor transparencia y eficacia en la gestión pública y privada.
🔗 Para más detalles sobre las reformas y su impacto, consulta el Registro Oficial del 29 de julio de 2024.

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🔹 Propiedad Intelectual: Registro y protección de patentes y marcas.
🔹 Consultoría en Exportación: Estrategias legales para acceso a mercados internacionales.
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✨ Beneficios:

⛔ Reducción de riesgos legales.
💡 Eficiencia operativa.
🌏 Acceso a mercados globales.
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