Ecuador

Requisitos para la designación de apoderados especiales o encargados extranjeros

🔒 Protección de Datos Personales en el Ecuador 🌍:
Requisitos para la designación de apoderados especiales o encargados extranjeros.

La Superintendencia de Protección de Datos Personales ha emitido nuevas disposiciones que impactan a los responsables y encargados extranjeros que, sin estar domiciliados en Ecuador, realicen actividades que involucren datos personales de residentes en el país. Estas disposiciones aplican para aquellos que:

💳Ofrecen bienes y/o servicios a titulares de datos personales en Ecuador, independientemente de si estos requieren pago.

🇪🇨 Forman parte del sistema de protección de datos personales de Ecuador.

🌐 Ejercen control sobre el comportamiento de los titulares de datos dentro del territorio ecuatoriano, ya sea de forma física, virtual o remota.

🔑 Requisitos para la designación de apoderados o encargados extranjeros:

✅ Persona natural o jurídica establecida o domiciliada en Ecuador.
✅ Persona natural designada debe tener derechos políticos y, en caso de ser extranjera, debe ser residente en Ecuador.

📑 Documentos obligatorios para la presentación ante la Superintendencia:

✍Acuerdo de corresponsabilidad o encargo para el tratamiento adecuado de datos personales.
🗂 Registro de actividades de tratamiento.
📊 Análisis de riesgos y Códigos de Autorregulación.

🔄 Flujo de datos personales.

🔐 Medidas de seguridad implementadas para comunicación y transferencia segura.

👉 La solicitud debe realizarse online con firma electrónica obligatoria para su validación.

⚠ Medidas correctivas y sanciones:

El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear:
🚫 Cese del tratamiento de datos bajo ciertas condiciones.
🗑 Eliminación de datos personales.
Imposición de medidas correctivas y sanciones administrativas.

💼 Infracciones y sanciones:

🔹 Infracciones leves: Multas entre 1 y 10 salarios básicos unificados para servidores públicos. Para empresas privadas o públicas, multas de entre el 0.1% y 0.7% de su volumen de negocio. 💰 🔹 Infracciones graves: Multas de 10 a 20 salarios básicos unificados para servidores públicos. Para empresas privadas o públicas, multas entre el 0.7% y 1% de su volumen de negocio. ⚖

En Sempertegui Ontaneda Abogados, estamos listos para asesorarte y garantizar que tu empresa cumpla con las normativas de protección de datos personales en Ecuador. 🛡

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Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.

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¿Tienes una empresa extranjera en Ecuador? Recuerda que debes declarar y pagar el Impuesto a la Renta hasta el 10 de abril

¿Eres inversionista extranjero en el Ecuador?

A partir del 10 de abril, las empresas constituidas en el Ecuador deberán declarar y pagar el Impuesto a la Renta.

📅 Si tu empresa aún no ha preparado su declaración, ¡No te preocupes! En Sempértegui Abogados somos especialistas en Inversión Extranjera, te brindamos la asesoría y el apoyo necesarios para cumplir con todas tus obligaciones fiscales de manera rápida, eficiente y sin complicaciones. 🌍💼⚖️

Somos Expertos en asesoría tributaria con enfoque en empresas extranjeras.

✔️ Conocimiento profundo de las regulaciones fiscales ecuatorianas y cómo optimizar tu declaración.
✔️ Tranquilidad garantizada en el cumplimiento con el SRI y sin riesgos de sanciones.

Recuerda que no declarar a tiempo o de manera incorrecta puede generar sanciones severas para tu empresa.

Evita sanciones y cumple con las fechas límites de declaración y pago.

NOVENO DÍGITO

FECHA

1 10 de abril
2 12 de abril
3 14 de abril
4 16 de abril
5 18 de abril
6 20 de abril
7 22 de abril
8 24 de abril
9 26 de abril
0 28 de abril

🔎 Nosotros nos encargamos de todo, para que tú solo te preocupes por el crecimiento de tu negocio. 🚀📲 Contáctanos y asegura la correcta declaración de tu empresa: +593 958 687 705


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Uso de datos biométricos en el control de asistencia laboral. Lo que las empresas deben saber

🔒 Uso de datos biométricos en el control de asistencia laboral🔒

Lo que las empresas deben saber ⚖️

Según la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) de Ecuador, el uso de datos biométricos para controlar la asistencia laboral está prohibido, ya que se consideran datos sensibles.

Las empresas deben asegurarse de cumplir con principios como la legalidad y proporcionalidad 📜 para evitar infracciones graves 🚨.

El consentimiento explícito de los empleados es esencial para tratar cualquier dato personal sensible 🔐. Es fundamental que las organizaciones busquen alternativas legales que respeten los derechos de los trabajadores, garantizando su privacidad y seguridad 👨‍💼👩‍💻.

¡Protejamos la privacidad y cumplamos con la ley! ⚖️

Si tienes dudas sobre cómo aplicar la Ley de Protección de Datos en tu empresa, contáctanos. Estaremos encantados de asesorarte:  +593 958 687 705


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DERECHO SOCIETARIO | ¿Estás listo para emprender en Ecuador?

Si tu objetivo es formalizar tu negocio de manera ágil y eficiente, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es la figura jurídica ideal para ti. Con la creación de esta estructura bajo la Ley de Emprendimiento e Innovación, el país ha facilitado el acceso a la formalización de empresas, especialmente para startups, pymes y profesionales independientes. A continuación, te explicamos por qué esta opción es perfecta para tu negocio y cómo puedes aprovecharla.

¿Qué es una SAS?

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es una figura jurídica que permite la constitución de empresas con una estructura flexible y simplificada, sin necesidad de contar con un capital mínimo. Además, puede ser constituida por un solo accionista, lo que la convierte en una excelente opción para emprendedores individuales.

Ventajas clave de la SAS:

  1. Flexibilidad en la gestión: Permite personalizar los estatutos según las necesidades y características del negocio, lo que otorga libertad para definir la estructura interna de la sociedad.
  2. Beneficios tributarios: El régimen fiscal simplificado de la SAS ofrece la posibilidad de obtener importantes ahorros en términos de impuestos y costos operativos.
  3. Responsabilidad limitada: Los accionistas solo responden por el monto del capital aportado, lo que protege su patrimonio personal.
  4. Bajos costos: La creación de la SAS es un proceso ágil y digital, sin costos administrativos.
  5. Facilidad de formalización: No requiere capital mínimo, lo que facilita la creación de la empresa para emprendedores que desean comenzar con un modelo económico más accesible.

Requisitos esenciales para crear una SAS en Ecuador:

  1. Definir la actividad económica: Determina el objeto social de tu empresa.
  2. Escoger un nombre único: Verifica la disponibilidad ante la Superintendencia de Compañías.
  3. Elaborar los estatutos sociales: Define las reglas de operación internas, los derechos de los accionistas y otros aspectos clave.
  4. Obtener el RUC: Es necesario para cumplir con las obligaciones tributarias.
  5. Establecer una dirección fiscal: Es fundamental contar con un domicilio legal para la empresa.

🔑 ¿Estás listo para dar el siguiente paso hacia la formalización de tu empresa en Ecuador?

Te ayudamos a constituir tu SAS de forma rápida y con el respaldo legal adecuado.

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¿Qué documentos debe presentar anualmente su empresa para estar al día con la SUPERCÍAS?

La Ley de Compañías en sus artículos 20 y 23, establece que las sociedades sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, están obligadas a enviar hasta el mes de abril de cada año, la siguiente información:

  1. Estados Financieros preparados con base en la normativa contable y financiera vigente;
  2. Nomina de Administradores, representantes legales, socios o accionistas y apoderados en caso de sucursales extranjeras;
  3. En caso de sociedades ecuatorianas, informe de representante legal, comisario principal (si lo hubiere), informe de auditoría (si lo requiere).

Para el caso de sociedades ecuatorianas, estos documentos deben ser aprobados mediante Junta o Asamblea General Ordinaria, cuya celebración podrá realizarse dentro del primer cuatrimestre.

Si esta información no se presenta dentro de los plazos establecidos por la Ley o las prórrogas concedidas por la SCVS, el representante legal responderá de forma personal. La SCVS iniciará un procedimiento administrativo sancionador por medio del cual conminará al representante legal que justifique documentadamente la falta de cumplimiento de estas obligaciones o en su defecto, deberá pagar una multa que asciende a un salario básico unificado.

Si requiere más información o está siendo sujeto de sanción por parte de la SCVS, comuníquese con nosotros para brindarle asesoría especializada.

Envía un mensaje a Sempértegui Abogados por WhatsApp.  +593 958 687 705


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DERECHO SOCIETARIO | Procesos Administrativos sancionadores por la falta de cumplimiento con la SUPER CIAS

📢¿Tu empresa está al día con sus obligaciones legales en la SUPER CIAS?

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros está llevando a cabo procedimientos administrativos sancionadores contra las empresas que no han cumplido con la presentación de los estados financieros correspondientes al ejercicio económico 2023.

Las empresas que están siendo notificadas a su representante legal, enfrentarán sanciones por no entregar la información requerida dentro del plazo establecido por la Ley de Compañías. Este incumplimiento podría derivar en una multa de hasta doce salarios básicos unificados, según los artículos 20 y 445 de dicha ley.

📅 ¿El plazo? Las empresas tienen 10 días hábiles para presentar su defensa o, de lo contrario, se procederá con la sanción correspondiente.

⚖️ La Superintendencia de Compañías continúa su labor de garantizar el cumplimiento de la normativa y la transparencia en el ámbito empresarial. No dejes que tu empresa se vea afectada.

¡Asegúrate de cumplir con todos los requisitos legales a tiempo!

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Ecuador y Reino Unido firman Acuerdo para evitar la Doble Imposición

Ecuador y Reino Unido firman Acuerdo para evitar la Doble Imposición

Ecuador Reino Unido

El pasado 6 de agosto de 2024, el Ecuador, representado por la Canciller Gabriela Sommerfeld suscribió con la Subsecretaria Parlamentaria para América Latina y el Caribe de la Cancillería de Reino Unido, Baronesa Jenny Chapman de Darlington.

Un convenio 🤝 para evitar ⛔ la doble imposición respecto a la renta y ganancias 💲 de capital.

Los acuerdos para evitar ⛔ la doble imposición determina que, las empresas y comercios que mantienen actividades económicas en dos países:

  • NO paguen por duplicado los rubros correspondientes a cargas impositivas por la misma actividad.
  • Realicen la tributación únicamente en el país donde realicen las actividades principales.

Este convenio busca la cooperación 🤝 entre ambos países, de forma que se promueva la inversión extranjera en el Ecuador, especialmente a través de alianzas público – privadas en:

⛏ El área de minería, la cual cuenta con bastante proyección en nuestro territorio.
🚗 Industria automotriz, campos fuertes en el desarrollo industrial de Reino Unido.

Así mismo, Reino Unido constituye uno de los quince países a los cuales el Ecuador realiza ⬆ más exportaciones.

Este acuerdo entrará en vigencia cuando culmine su proceso de aprobación y ratificación por parte de los dos países.

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¡Tu suelo es el primer paso hacia el éxito en el cultivo de cannabis!

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#CANNABIS| El éxito en el cultivo de cannabis comienza desde el suelo. Un análisis y manejo adecuado del terreno es clave para obtener cosechas saludables y productivas.

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🌞 Evaluación del clima, tipo de cultivo y semilla a utilizar.
☘ Asesoría de sistema de post cosecha.

Con nuestro equipo de expertos 👩‍💻 , tendrás la confianza de que cada etapa del cultivo 🍃 está respaldada por decisiones basadas en ciencia y experiencia.

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El mercado laboral ecuatoriano pide un cambio

En nuestro país se considera como trabajo pleno, cuando un trabajador tiene ingresos estables con un mínimo en el salario básico unificado, el cual en la actualidad es de $460 dólares. Nuestro mercado laboral es inestable por cuanto no existe en la actualidad políticas públicas que atraigan la generación de empleo adecuado, el cual se fundamenta en la regularización de la contratación laboral por medio de contratos de trabajo.

Como dato histórico, en el año 2015, en Ecuador existió un 46,50% de personas con un empleo adecuado, pero a enero de 2024 disminuyo a un 34,7%. Analizando estos porcentajes podemos dar cuenta que en el año 2024, aproximadamente tres millones de personas cuentan con un trabajo adecuado (consideremos que somos más de 18 millones de ecuatorianos que vemos el sol día a día).

Si bien es cierto se puede denominar que existe mucha demanda en plazas de trabajo, entendemos que el desempleo se produce por mayor demanda de personas que están en edad, son capaces y aptas para trabajar, pero a medida que la población incrementa existe mucha demanda laboral, en razón a eso decimos qué en el año 2015 fue uno de los años donde el 4,77% de ecuatorianos no tenían empleo, en 2024 la cifra disminuyó este porcentaje quedándose de 3,9% que no encuentran como tal un empleo, esto lo representan aproximadamente 335,4 mil ecuatorianos.

El subempleo nacional se entiende que existen personas con las capacidades necesarias para realizar el trabajo, así como la disponibilidad que juega un papel importante ya que a pesar de tener estos factores todavía desean con trabajar horas adicionales y no tener ingresos inferiores a un salario básico unificado ($460), teniendo en cuenta el concepto entendemos qué en el año 2015 el subempleo nacional llego a tener un 14,01%, pero en 2024 la cifra incremento con un 6% más, lo cual es algo significativo, teniendo en cuenta que en el presente año el subempleo nacional cuenta con un 20,4% que aproximadamente 1,7 millones de personas consideradas como subempleo.

Sin embargo, más allá de las cifras que se muestran y demuestran la inestabilidad de un mercado laboral que ruega por un cambio positivo, el Ministerio del Trabajo expidió varios acuerdos ministeriales que provocaron el resurgir de una figura sui generis concebida entre el contrato de plazo fijo y el contrato a tiempo indefinido. Así, existen varios sectores que se beneficiaron de estos contratos, entre ellos: el sector productivo, turístico, educativo, entre otros. Con esto, es necesario que el mercado laboral ecuatoriano disponga de herramientas útiles, actuales, adaptadas a la demanda actual de trabajo.

En todo caso, será el legislativo quien a través de su conciencia quien dicte la normativa que colabore al avance productivo del mercado laboral de nuestro país. A propósito del día del trabajo, ¡qué vivan los trabajadores!


Contacto para asesoría legal en Derecho Laboral:

Gabriela Salazar

gsalazar@sempertegui.com


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Ley Reformatoria a la Ley de Compañías

Mediante Registro Oficial 269, de fecha 15 de marzo de 2023. Se publicó la Ley Reformatoria a la Ley de Compañías para la Optimización e Impulso Empresarial y para el Fomento del Gobierno Corporativo. Entre sus principales reformas, constan las siguientes:

DE LA CONSTITUCIÓN Y ACTOS SOCIETARIOS

Las compañías sujetas a control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros – SCVS podrán constituirse:

  • Por contrato, entre dos o más personas naturales o jurídicas que unen sus capitales, trabajo o conocimiento para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades
  • Por acto unilateral, por una sola persona natural o jurídica que destina aportes de capital para emprender en operaciones mercantiles de manera individual y participar de sus utilidades
  • Podrán constituirse con un solo miembros, misma que puede ser una persona natural o jurídica.
  • Podrán constituirse o celebrar actos societarios posteriores por medio de escritura pública o mediante documento privado que no requiera actos notariales.

DE LA INSCRIPCIÓN Y CONTROL

  • Para las compañías Anónimas y Limitadas, las mismas deberán inscribir sus actos societarios en el Registro Mercantil del domicilio principal de la compañía
  • Realizará un Control Posterior de todo acto societario, una vez aprobado se emitirá una resolución.
  • El control posterior podrá realizar hasta en el plazo de siete años contados a partir de su inscripción.

DE LA TRANSFORMACIÓN

De acuerdo a esta nueva reforma, cualquier empresa podrá transformarse a Sociedad Por Acciones Simplificadas, incluidas las Asociaciones por Cuentas en Participación. Además, las Personas Jurídicas, también podrán transformarse a cualquier tipo de compañía.

DE LOS ADMINISTRADORES

La renuncia del administrador será inscrita en el Registro Mercantil. Para la correspondiente inscripción, el administrador renunciante entregará una copia de la renuncia, sin necesidad de aceptación alguna.

  • Los administradores o los accionistas podrán disponer, con cargo a los recursos de la compañía, la adquisición de pólizas de seguros que amparen los riesgos inherentes al ejercicio de sus cargos. Para tal adquisición, se requerirá de aprobación de la junta general.
  • Los administradores estarán exentos de responsabilidad frente a la sociedad o sus accionistas por cualquier perjuicio que pudiere surgir de acciones u omisiones relacionadas con el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, no será procedente eximirse de responsabilidad cuando el administrador haya incurrido en lo siguiente: Si el administrador hubiere recibido un beneficio económico indebido; el administrador hubiere actuado de manera dolosa; Hubiere infringido el deber de lealtad; Hubiere dispuesto el reparto de utilidades en violación de las normas legales o estatutarias sobre el particular; o, hubiere cometido un delito relacionado con su cargo, tipificado en el Código Orgánico Integral Penal.
  • Los Administradores NO serán responsables por las obligaciones laborales o de cualquier otra naturaliza en la que incurra la compañía. Salvo que, levante el velo societario en sede judicial.

DE LAS CONVOCATORIAS

Cada uno de los accionistas minoritarios que sean titulares de por lo menos el cinco por ciento del capital social tendrá derecho a solicitar la inclusión de máximo un punto del orden del día por junta general debidamente convocada. Sin embargo, no se podrá incluir más de cinco puntos adicionales a los convocados, por junta general. Se dará tratamiento en orden cronológico.

DEL AUMENTO DE CAPITAL

En los aumentos del capital social será lícita la emisión de acciones con prima, sobreprecio que el suscriptor deberá pagar por encima del valor nominal. La emisión de la prima será procedente siempre que el aumento de capital se pague, en todo o en parte, mediante numerario o especies, o se efectúe por compensación de créditos de terceros, previa renuncia total o parcial del derecho preferente.

 DE LOS DIVIDENDOS ANTICIPADOS

Las sociedades por acciones simplificadas, previa autorización unánime de los concurrentes a la asamblea de accionistas, podrán entregar a sus accionistas anticipos de dividendos trimestrales o semestrales, con cargo a los resultados del mismo ejercicio económico.

DE LA CANCELACIÓN EXPEDITA

El representante legal, con los documentos que demuestren que no tiene obligaciones pendientes con la Superintendencia de Compañías, podrá solicitar al Superintendente que mediante resolución declare disuelta la compañía y ordene la adjudicación del haber social y disponga la cancelación.

DE LA FUSIÓN Y ESCISIÓN

Se modifican las estructuras societarias de fusión y escisión, como la fusión u absorción de sociedades íntegramente participadas; fusión abreviada; fusión inversa; sesión parcial; escisión total.


Contacto para asesoría legal corporativa:

Gabriela Salazar

gsalazar@sempertegui.com


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