formulario 124

Establecer el procedimiento para la declaración y pago de la Contribución Única y Temporal y aprobar el Formulario 124

Mediante Registro Oficial N° 131, publicado el del día 29 de enero de 2020, el Servicio de Rentas Internas – SRI expide la resolución para: “Establecer el procedimiento para la declaración y pago de la Contribución Única y Temporal y aprobar el Formulario 124 (Contribución Única y Temporal dispuesta en la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria)”

Se considera Sujeto pasivo de este tributo a las sociedades, incluidas las sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes, que realicen actividades económicas y que en el ejercicio fiscal 2018 hayan generado ingresos gravados iguales o superiores a un millón de dólares de los Estados Unidos de América.

El cálculo de este impuesto se obtendrá de la totalidad de los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal 2018, con determinados ajustes, conforme lo determinado en la Ley y la Resolución publicada.

Esta contribución se declarará mediante el formulario 124 y se debe pagar hasta el 31 de marzo de cada año. En caso de presentar el formulario una vez fenecido el plazo, se deberá cancelar una multa equivalente al 3% por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación de la declaración. Esta multa no excederá el 100% de la contribución.

La falta de declaración será sancionada con una multa de USD 1.500,00 por cada mes o fracción, contado a partir del vencimiento del plazo.

Esta contribución no podrá ser utilizada como crédito tributario ni como gasto deducible para la determinación y liquidación de otros tributos.


Contacto para asesoría legal tributaria:

Patricio Ortega R.

Socio Líder de Impuestos y Comercio Exterior

portega@sempertegui.com


Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal.

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