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UAFE | Ampliación de plazos para la carga anual del Informe del Oficial de Cumplimiento

🚨 Ampliación de plazos para la carga anual del Informe del Oficial de Cumplimiento 🚨

¡Atención, sujetos obligados! ⏳ La UAFE ha extendido el plazo para la entrega del Informe del Oficial de Cumplimiento hasta el 31 de marzo de 2025 a las 23:59.

✅ Es crucial que el INFORME sea entregado en el formato establecido por la UAFE. Recuerda que el incumplimiento será sancionado.

🔑 No dejes pasar esta oportunidad para cumplir con la normativa y evitar posibles sanciones. ¡Actúa antes de la fecha límite!

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Prórroga para la entrega del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento según resolución Resolución UAFE-DG-2025-003

¡Atención empresas regidas por UAFE! Prórroga para la entrega del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento

La Resolución UAFE-DG-2025-003 establece una prórroga excepcional hasta el 15 de marzo de 2025, a las 23:59, para la entrega del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento a través del sistema SISLAFT, en cumplimiento con la normativa de prevención del lavado de activos y financiamiento de delitos.

Artículo 1.- Objeto.- La presente resolución tiene por objeto conceder una prórroga por única ocasión hasta el 15 de marzo de 2025 a las 23:59 para el envío del informe anual de oficial de cumplimiento a través del sistema de prevención de lavado de activos SISLAFT señalado en la norma para la prevención del delito de lavado de activos y del financiamiento de delitos dirigidos a los sujetos obligados a reportar bajo la supervisión de la unidad de análisis financiero y económico UAFE.

Artículo 2.-Ámbito de aplicación.- La presente prórroga es aplicable para los sujetos obligados bajo el control y supervisión de la unidad de análisis financiero y económico uafe al no tener organismo de control específico en el país en materia de prevención del delito de lavado de activos y financiamiento de delitos por lo cual dicho control y supervisión es competencia de la UAFE de acuerdo lo determinado en la ley orgánica de prevención detención y erradicación del delito de lavado de activos y de financiamiento de delitos solo podrán acogerse esta prórroga todos los sujetos obligados que se encuentren bajo el ámbito de aplicación de la resolución UAFE de eje 2023-0689.

Artículo 3.- Entrega de la información.- Los sujetos obligados señalados en el artículo 2 deberán entregar el informe anual de oficial de cumplimiento en el formato que la unidad de análisis financiero y económico uafe establezca de manera anual de manera completa El incumplimiento de la entrega de dicha información será sancionada conforme a la normativa aplicable.

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¿Qué cambios trae la vigente reforma a la ley de prevención, detección y combate del delito de Lavado de Activos?

🔍 Reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos 🔍
El 29 de julio de 2024, se publicaron en el Registro Oficial Cuarto Suplemento No. 610 importantes reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos. Estas reformas introducen cambios significativos que fortalecerán la lucha contra estos delitos y optimizarán el cumplimiento de las obligaciones legales.
Principales Cambios:

  1. Creación del Consejo Nacional de Coordinación: Se establece un nuevo órgano encargado de coordinar y planificar políticas públicas contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
  2. Reestructuración de Sujetos Obligados: Se diferencian claramente los sujetos financieros de los no financieros, redefiniendo y ampliando sus obligaciones para mejorar la eficacia en la prevención y detección de actividades ilícitas.
  3. Ampliación de los Criterios de Debida Diligencia: Se incorporan nuevos parámetros para la verificación de la identidad en transacciones comerciales, fortaleciendo los procedimientos de control y asegurando un cumplimiento más riguroso.
  4. Modificación en Declaraciones Patrimoniales: Se introducen cambios en las declaraciones patrimoniales juramentadas requeridas para el ejercicio de cargos públicos, aumentando la transparencia y el control.
  5. Verificación Notarial de Pagos: Los notarios deberán verificar los pagos en efectivo superiores a diez mil dólares o cien salarios básicos unificados, lo que permitirá un mayor control en transacciones de alto valor.

Estas reformas representan un avance crucial en el fortalecimiento del sistema de prevención y combate del lavado de activos, garantizando una mayor transparencia y eficacia en la gestión pública y privada.
🔗 Para más detalles sobre las reformas y su impacto, consulta el Registro Oficial del 29 de julio de 2024.

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