Reglamento de contratos colectivos y actas transaccionales del sector público y privado
El 11 de junio de 2024, el Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial Nro. MDT- 2024-080 que contiene el Reglamento para la presentación, negociación y suscripción de:
🤝 Contratos colectivos de trabajo
🧾Actas transaccionales en el sector :
➡ Sector Privado
➡ Sector Público
Estas disposiciones van dirigidas, de manera obligatoria, al sector privado, instituciones, entidades, organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados, empresas públicas, organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social, organismos y entidades creadas por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.
A más de establecer los requisitos para la presentación de proyectos de contratos colectivos en el sector privado, sector público, y negociación de los contratos colectivos; esta normativa prevé las directrices respecto a las reclamaciones por falta de acuerdos en las negociaciones, que serán realizadas mediante métodos alternativos de solución de conflictos, es decir, a través del 👮 arbitraje y 🤝 mediación.
En el caso del sector público, dentro de las negociaciones se establece la obligatoriedad del dictamen presupuestario emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, que en el caso de no contar con este requisito, el contrato colectivo se tendrá como inexistente y no surtirá ningún efecto legal.
Así también en el caso del incumplimiento parcial o total del contrato colectivo, se podrá acudir a mediación y arbitraje para solventar las diferencias suscitadas entre el empleador y los trabajadores, sin perjuicio de que, al no concretar un acuerdo luego de acudir a los métodos alternativos de solución de conflictos, se pueda recurrir a las acciones legales que la ley dispone para tales efectos.
El equipo legal de Sempértegui Abogados, puede brindarte asesoría con:
- Elaboración y presentación de contratos colectivos.
- Patrocinio técnico – legal en arbitraje y mediación y acciones judiciales.
- Asesoría en negociaciones entre empleadores y trabajadores.
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Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.