Se amplía el plazo para presentar el ANEXO CRS
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000025, el Servicio de Rentas Internas – SRI resuelve ampliar el plazo para la presentación del anexo de cuentas financieras de no residentes – ANEXO CRS. Para tal efecto, aquellos contribuyentes con fecha de vencimiento entre el 10 y el 20 de mayo de 2021, podrán realizarlo de conformidad al siguiente calendario:
| Fecha inicial de vencimiento | Nueva fecha de vencimiento (hasta) |
| 10 de mayo de 2021 | 17 de mayo de 2021 |
| 12 de mayo de 2021 | 19 de mayo de 2021 |
| 14 de mayo de 2021 | 21 de mayo de 2021 |
| 16 de mayo de 2021 | 25 de mayo de 2021 |
| 18 de mayo de 2021 | 25 de mayo de 2021 |
| 20 de mayo de 2021 | 27 de mayo de 2021 |
La presentación tardía, la falta de presentación o la presentación con errores de la información, será sancionada conforme a la normativa tributaria vigente.
Sujetos obligados:
- Instituciones de custodia
- Instituciones de depósito
- Entidades de inversión (incluye fideicomisos)
- Compañías de seguros (específicas)
Sociedades no obligadas a presentar a información:
- El Banco Central del Ecuador
- El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS
- El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – BIESS
- La Corporación Financiera Nacional – CFN
- El Banco de Desarrollo del Ecuador
Tampoco están obligadas a presentar información las sucursales de una sociedad residente establecidas en el exterior. Sin perjuicio de lo expuesto, cuando estas entidades realicen actividades inherentes a la Banca Comercial o presten servicios financieros a clientes particulares, estos deberán presentar el ANEXO CRS, en lo que refiera a dicha información.
La presente resolución entra en vigencia a partir del 12 de mayo de 2021.
Contacto para asesoría legal en derecho tributario:
Patricio Ortega R.
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