El Presidente de la República Guillermo Lasso Mendoza, mediante el Decreto Ejecutivo No. 298 del 22 de diciembre de 2021, promulga normativa que regula el Impuesto a la Salida de Divisas – ISD, bajo los siguientes términos:
Reducir progresivamente el Impuesto a la Salida de Divisas, 0. 25% por trimestre del 2022 hasta llegar una tarifa del 4%, según las siguientes fechas:
| REDUCCIÓN | FECHA |
| Primera | a partir del 01 de enero de 2022 |
| Segunda | a partir del 01 de abril de 2022 |
| Tercera | a partir del 01 de julio de 2022 |
| Cuarta | a partir del 01 de octubre de 2022 |
El Servicio de Rentas Internas – SRI deberá hacer las modificaciones necesarias a la resolución de carácter general que sea pertinente y actualizará los formularios correspondientes 15 días antes de las fechas indicadas, con el fin de que sea posible el cumplimiento de la reducción.
Los agentes de retención y percepción del Impuesto a la Salida de Divisas, efectuarán los ajustes necesarios en sus sistemas operativos.
Los sujetos obligados podrán solicitar al SRI la anulación masiva de los comprobantes de retención que hubieren sido emitidos, considerando una tarifa diferente a la vigente.
Contacto para asesoría legal en derecho tributario:
Patricio Ortega R.
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