Mediante Decreto Ejecutivo No. 1240, el Presidente de la República, resuelve reformar el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Siendo así, los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas que en el ejercicio fiscal 2020 no hayan generado utilidad, podrán pagar el impuesto a la renta de dicho ejercicio hasta el mes de noviembre del año 2021. Así mismo, podrán pagar el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2021 hasta el mes de marzo del ejercicio fiscal 2021.
Contacto para asesoría legal en derecho tributario:
Patricio Ortega R.
Socio Líder de Derecho Tributario y Comercio Exterior
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