Declaración de gastos personales del ejercicio fiscal 2021
El SRI habilitó en su plataforma el formulario de anexo de gastos personales del ejercicio 2021, para sustentar gastos personales declarados superiores al 50% de la base imponible (USD 5,606.00) de ese año.
El anexo se presenta de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC según el siguiente calendario:
DÍGITO |
FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN |
| 1 | Hasta el 10 de febrero |
| 2 y 3 | Hasta el 14 de febrero |
| 4 | Hasta el 16 de febrero |
| 5 | Hasta el 18 de febrero |
| 6 | Hasta el 21 de febrero |
| 7 | Hasta el 22 de febrero |
| 8 | Hasta el 24 de febrero |
| 9 y 0 | Hasta el 2 de marzo |
Los gastos personales que se declaren en el anexo, deben estar sustentados en comprobantes de venta debidamente autorizados y vigentes a nombre del contribuyente o de sus dependientes: padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos, que no perciban ingresos gravados.
Contacto para asesoría legal en derecho tributario:
Patricio Ortega R.
Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o consultoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.