Mediante la resolución NAC-DGERCGC21-00000062 del 30 de diciembre de 2021, la Directora General del Servicio de Rentas Internas – SRI, expide la normativa para “Establecer normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19, establecidas en el Libro I de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID”. Se determina lo siguiente:
El Formulario 126, denominado “Formulario Declaración y Pago para Contribuciones Temporales y para Régimen Impositivo Voluntario” servirá para liquidar y pagar las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19. El formato del formulario y su instructivo. Se encontrarán en el portal web institucional.
Las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico Post Covid-19 son anuales para las personas naturales, una obligación tributaria a declararse y pagarse en el ejercicio fiscal 2022. Para las sociedades, son dos obligaciones tributarias a declararse y pagarse en los ejercicios fiscales 2022 y 2023.
El plazo para declarar y pagar esta contribución será del 1 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, según corresponda.
Contacto para asesoría legal en derecho tributario:
Patricio Ortega R.
Este es un documento de carácter informativo y no se puede considerar como opinión o asesoría legal. Para una asesoría detallada no dude en contactarnos.
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